NAVIERA ARMAS

 

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La Asociación Española de Consignatarios de Buques (Asecob), en colaboración con sus asociaciones provinciales, ha comenzado ya a recabar datos de sus asociados para el nuevo registro de consignatarios que se define en el real decreto 131/2019, de 8 de marzo. En el mismo se desarrollan las condiciones de establecimiento y ejercicio de la actividad de los consignatarios en los puertos españoles, ya sean de titularidad estatal como autonómica.

Si bien no tiene carácter obligatorio –como sí lo es el de las respectivas autoridades portuarias–, se espera un seguimiento masivo por parte de las empresas de consignación, por lo que representa tanto de publicidad como de transparencia y garantía de servicio frente a armadores y navieros. Su objetivo es doble: por un lado, facilitar el acceso a estos servicios a armadores y navieros y, por otro, mejorar el control del cumplimiento de las obligaciones exigidas por parte de las administraciones marítimas y portuarias.

Tal y como contempla el real decreto, la Dirección General de la Marina Mercante ultima un acuerdo de colaboración con Asecob, y por extensión con las asociaciones provinciales asociadas, para la facilitación y volcado de datos para registro. Se espera que este acuerdo esté formalizado y publicado a mediados de septiembre, fecha en la que se espera la actualización y entrada en funcionamiento de la correspondiente entrada en la web del ministerio de Fomento/DGMM, actualmente en pruebas y no operativa.

Al mismo tiempo, Asecob activa en paralelo el Fonasba Quality Standard, al que podrán optar los asociados que cumplan ciertos requisitos. Este estándar de calidad de la Federación Internacional de Agentes de Buques está respaldado por organismos como Bimco, ITIC o Intertanko y cuenta con cerca de 500 empresas inscritas en 32 diferentes países.