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Puertos del Estado

El presidente de Puertos del Estado, Salvador de la Encina, y el director general de la Marina Mercante, Benito Núñez, han firmado un Convenio en el que se establecen los criterios de colaboración y coordinación necesarios entre autoridades marítimas y portuarias para garantizar una respuesta eficaz en la gestión de emergencias. Dichos criterios se incluirán en los Planes de Autoprotección (PAU) de los puertos de interés general.

En el Convenio se consideran las actuaciones de los principales intervinientes cuando se tiene una emergencia con algún buque afectado, y en particular la del Director del Plan de Actuación en Emergencia, del PAU, la del Capitán del Buque, y la del Capitán Marítimo; y se establecen unas estructuras funcionales de autoprotección en emergencias con buque implicado, para situaciones de alerta, o de intervención. Así mismo, se establece una Comisión de Seguimiento de convenio que propondrá la realización de ejercicios y simulacros, y acciones formativas para facilitar la implementación del convenio, y en su caso, planteará también las modificaciones al mismo, teniendo en cuenta las experiencias adquiridas tanto en ejercicios y simulacros, como en el desarrollo de los ejercicios reales que se realizarán.

Según han declarado Salvador de la Encina y Benito Núñez, ha sido un trabajo conjunto entre Dirección General de Marina Mercante, contando con las Capitanías Marítimas, y Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, que nos permitirá la gestión de emergencias en las instalaciones integrantes del sistema portuario de titularidad estatal y en los buques de manera rápida y eficaz.

Coordinación en emergencias

Hay que tener en cuenta que en el sistema portuario de interés general la respuesta a emergencias que puedan producirse, dentro de la zona de servicio de los puertos, contempla en general la intervención de varias administraciones. En particular, cuando se trata de una emergencia en la que está algún buque implicado, o puede estarlo, existe una concurrencia de competencias de la Autoridad Portuaria y de la Capitanía Marítima, y en menor medida de otras administraciones, mientras la emergencia y su impacto se mantengan confinados a la zona de servicio del puerto, debiendo responder cada una de acuerdo con las atribuciones contenidas principalmente en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Hay que tener en cuenta que en las emergencias son muchos los intervinientes: Administraciones marítima y portuaria, bomberos municipales o de la Comunidad Autónoma, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, SASEMAR, remolcadores, prácticos y amarradores, y entidades o empresas portuarias implicadas entre otros. Por ello, era necesario coordinar adecuadamente las actuaciones y optimizar la respuesta a las emergencias.