NAVIERA ARMAS

 

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El Ministerio de Transportes ha publicado hoy en el BOE la Orden por la que se limita la entrada en España a las aeronaves y buques de pasaje a través de los puntos de entrada designados con capacidad de atención a emergencias de salud pública de importancia internacional.

Según el Ministerio, teniendo en cuenta los criterios expresados por la Organización Mundial de la Salud, así como las recomendaciones de la Comisión, atendiendo a la evolución de la situación epidemiológica, y en línea con otros países de nuestro entorno, se hace preciso limitar los riesgos derivados de la movilidad y transporte de personas procedentes de zonas distintas del territorio nacional, por lo que durante el periodo desescalada se deben intensificar las medidas de control higiénico sanitarias a todos viajeros internacionales con el objetivo de identificar de manera temprana a las personas enfermas y a sus contactos. 

Esta Orden, publicada hoy y que entra en vigor mañana, adopta medidas específicas a fin de garantizar que en el proceso de desescalada y de flexibilización de las limitaciones a la libre circulación, se minimizan los riesgos de importación de casos que puedan poner en riesgo el proceso iniciado. Estas medidas consisten en limitar los puntos de entrada en España a aquellos puertos y aeropuertos españoles designados como «Puntos de Entrada con capacidad de atención a Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional» en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de marzo de 2014, que son los siguientes:

a) Aeropuertos de «Josep Tarradellas Barcelona-El Prat», «Gran Canaria», «Adolfo Suarez Madrid-Barajas», «Málaga-Costa del Sol» y «Palma de Mallorca».

b) Puertos de Barcelona, Bilbao, Las Palmas de Gran Canaria, Málaga, Palma de Mallorca, Tenerife, Valencia y Vigo.