NAVIERA ARMAS

 

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La patronal de empresas consignatarias y estibadoras de Las Palmas, ASOCELPA, ha presentado estos días sus alegaciones al pliego que regula el servicio de amarre en los puertos que administra la Autoridad Portuaria de Las Palmas. En total, el documento remitido para intentar enmendar el borrador de pliego incluye 22 observaciones.

Justo en el último punto, ASOCELPA denuncia que no se ha concedido el plazo de tiempo suficiente para una correcta presentación de alegaciones y advierte lo siguiente: "...queremos dejar patente la actuación de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, contraria a los principios administrativos que regulan el derecho del administrado a disponer de un trámite de audiencia que le permita la correcta preparación de sus alegaciones, al no permitir una ampliación de dicho trámite en los términos previstos en los artículos 32 y 82.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No podemos olvidar que la audiencia al interesado es un derecho constitucional recogido en el art. 105 c) CE y su conculcación o restricción injustificada puede llevar a la nulidad radical o anulabilidad del acto que ponga fin al expediente administrativo tal y como prevé la doctrina jurisprudencial del orden contencioso-administrativo".

Entre las alegaciones de ASOCELPA al pliego de remolque se incluyen diferentes matices a los apartados que regulan la concesión de licencias, las tarifas a aplicar por el servicio o los medios humanos y materiales que se exigen a las empresas prestatarias de dicho servicio.

Las aportaciones de ASOCELPA pueden consultarse en este enlace:

ASOCELPA REMOLQUE