LA NAVIDAD SABE A GRAN CANARIA

 

cd

El presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, Luis Ibarra, asume desde hoy la competencia para dictar una resolución por desistimiento de solicitud en los procedimientos de otorgamiento de licencia de servicios portuarios como consecuencia de la falta de subsanación de los requisitos exigidos en una solicitud. En dicha resolución, Ibarra deberá indicar expresamente esta circunstancia.

Así se ha dado a conocer públicamente a través del Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, donde se deja constancia de que contra esta decisión de delegación de competencias adoptada por el Consejo de Administración de Puertos de Las Palmas “podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante este Consejo de Administración en el plazo de un mes o, alternativamente un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias”. Se advierte, por otra parte, que el Acta de la sesión del Consejo de Administración de 5 de octubre de 2020 no ha sido aprobada aún.

La Autoridad Portuaria, en su resolución de delegación de esta competencia en la Presidencia, recuerda que, según la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala esta norma y otros artículos exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en la ley.