En la 76ª sesión del Comité de Protección Ambiental Marítima (MEPC 76), la OMI prohibió el uso de cibutrina en sistemas antiincrustantes (AFS) a partir del 1 de enero de 2023, ya que los estudios han demostrado que la sustancia es dañina para una variedad de organismos marinos.
Después de que el Convenio internacional sobre el control de sistemas antiincrustantes nocivos en los buques (Convenio AFS) entró en vigor en 2008, se eliminó el tributilestaño (TBT) de las pinturas antiincrustantes y se reemplazó por varios biocidas nuevos. Uno de estos reemplazos fue el cibutrino, que se usa en la pintura del casco para prevenir el crecimiento de bioincrustaciones.
En 2019, se señaló a la atención de la OMI que la cibutrina es aguda y crónicamente tóxica para una variedad de organismos marinos y, en algunos aspectos, incluso más dañina que los TBT. La sustancia se acumula en sedimentos y provoca efectos a largo plazo en el medio marino. Como tal, no debería permitirse.
Los buques que lleven un AFS que contenga esta sustancia en la capa de revestimiento externa de sus cascos o partes o superficies externas deberán:
- eliminar el sistema antiincrustante; o
- aplicar un recubrimiento que forme una barrera para evitar la lixiviación de cibutrina del AFS subyacente.
Esta enmienda se aplica a todos los barcos, excepto a las plataformas fijas y flotantes, las unidades de almacenamiento flotantes y las instalaciones flotantes de almacenamiento y descarga de producción que se hayan construido y no hayan estado en dique seco el 1 de enero de 2023 o posteriormente; buques que no realicen viajes internacionales; y los buques de arqueo bruto inferior a 400 que realicen viajes internacionales, si los aceptan los Estados ribereños.


