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Margarita Mariscal, consejera del Tribunal de Cuentas, emitió ayer una sentencia por la que desestima la demanda presentada por el ex presidente de Puertos del Estado, José Llorca, contra Luis Ibarra, ex titular de Puertos de Las Palmas, y el ex director de este organismo, José Miguel Pintado, por el abono de un plus de residencia desde hace ya veinte años a los trabajadores del ente portuario que se encontraban fuera de convenio

Según el texto de la sentencia, los demandados actuaron de forma legal y sin mala fe, lo que lleva al tribunal a no aceptar la tesis de José Llorca. Condena, además, a Puertos del Estado, a abonar las costas del proceso. La sentencia argumenta que el demandado “actuó con legítima y natural confianza de que el pago del citado complemento contaba con la suficiente cobertura legal, contable y presupuestaria. Por lo tanto, constituía un acto debido en ejecución de los acuerdos del Consejo de Administración, de los Planes de Empresa y de los Presupuestos de la Autoridad Portuaria”. Añade, además, que falta “el elemento subjetivo de la culpa o negligencia del demandado que permita imputar a su comportamiento el resultado dañoso y no existe declaración de responsabilidad”. Es por ello por lo que se desestima la demanda a la que se adhirió también el Ministerio Fiscal.

Se cierra así de momento un capítulo más de los que ha venido enfrentando en los últimos años a José Llorca y Luis Ibarra, una pugna enconada que ha generado ciertas disfunciones burocráticas y administrativas en el desarrollo de proyectos importantes para los puertos de Las Palmas. Este enconado enfrentamiento se vio agudizado tras la denuncia de supuestas irregularidades en las obras de construcción de La Esfinge presentada por Puertos de Las Palmas en 2014.