NAVIERA ARMAS

 

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El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España (RAMPE) y los Criterios mínimos comunes para su gestión. Este plan se desarrolla con el doble objetivo de facilitar el funcionamiento de la RAMPE, creada en 2010, y construir una red capaz de aportar valor añadido a los espacios que forman parte de ella en términos de conservación y recuperación del patrimonio natural y la biodiversidad.

Una red de áreas marinas protegidas capaz de cumplir con estos objetivos contribuirá a lograr un océano más resiliente al cambio climático. Este plan está alineado con las leyes de patrimonio natural y biodiversidad y de protección del medio marino, así como con la normativa de ordenación del espacio marítimo y las directivas europeas.

Una red ecológicamente representativa y conectada

Este plan pretende promover una red ecológicamente representativa y bien conectada, que contribuya a la conservación favorable de sus especies, hábitats y ecosistemas, y asegure la compatibilidad de los usos y actividades que se desarrollen en estos espacios con los objetivos de conservación.

Para ello y entre otras medidas, se analizarán potenciales corredores ecológicos y de conectividad, ya sea por demarcación marina o a escala regional y global. También se desarrollarán proyectos piloto de adaptación de artes pesqueras o se evaluarán las interacciones y el impacto tanto de actividades pesqueras como no pesqueras (recreativas y turísticas, fondeos y navegación, actividades portuarias, acuicultura, energías renovables, vertidos o extracción de arenas y otros minerales), entre otros.

Coordinación, transparencia y participación

Asimismo, el Plan Director asegurará el despliegue de instrumentos de planificación para todos los espacios marinos protegidos de la Red y promoverá un sistema de zonificación armonizado a partir de una serie de recomendaciones que se deberán elaborar de acuerdo con la Estrategia de biodiversidad de la Unión Europea de aquí a 2030.

El plan reforzará además los órganos de gestión y coordinación entre administraciones a través de mecanismos bilaterales o multilaterales, como el grupo de trabajo de biodiversidad marina en el seno de la Comisión Interministerial de Estrategias Marinas, construyendo así una estructura de gobernanza sólida y basada en la transparencia y la participación.

Por otro lado, se busca promover el intercambio de información y la transferencia de conocimiento mediante formación y acciones de sensibilización.

Sistema de evaluación periódica y comité científico

El plan reforzará también los mecanismos para el cumplimiento de la normativa mediante la colaboración entre administraciones para el uso coordinado y compartido de medios de vigilancia, así como el seguimiento de las actuaciones: los instrumentos de gestión contarán con un sistema de evaluación periódica de sus resultados, basado en indicadores objetivos y cuantificables que permitan evaluar el grado de cumplimiento.

El plan establece además la creación de un comité científico que funcionará como órgano consultivo de las direcciones generales de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) y de Pesca Sostenible del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y de las comunidades autónomas cuando estas así lo soliciten.

Criterios comunes para los diversos espacios de la red

Las directrices contenidas en el Plan Director están sustentadas en el mejor conocimiento científico disponible y orientan su aplicación a escala de cada espacio marino protegido que voluntariamente se incorpore a la RAMPE. Constituyen así un denominador común de la gran diversidad de espacios marinos protegidos que integran la Red.

Destacan el desarrollo de medidas para el control y erradicación de especies exóticas invasoras. También la especial atención a las especies en régimen de protección especial y/o amenazadas, y a los hábitats más vulnerables, amenazados o en declive, según el convenio OSPAR o el Catálogo español de hábitats en peligro de desaparición.

Los espacios marinos protegidos incorporados a la RAMPE deberán clasificarse en función de sus objetivos de gestión, de forma que sean homologables internacionalmente, adscribiéndose al menos a una de las categorías de gestión de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN). En los espacios protegidos en los que la pesca sea compatible, se regulará de forma que se asegure su compatibilidad con los objetivos de conservación, su persistencia en el tiempo y el mantenimiento de los valores culturales que representa.

En esta misma línea, los planes, proyectos y actividades que se realicen en los espacios de la RAMPE deberán garantizar que no supondrán el deterioro de los hábitats naturales y de las especies, así como que no se producirán alteraciones que repercutan en los valores naturales que hayan motivado la designación de estos espacios.

Gestión integrada y acorde con los escenarios climáticos

Los objetivos de la RAMPE deberán considerarse tanto en los planes de ordenación espacial marítima como en otras políticas sectoriales con incidencia en el medio marino. A su vez, la gestión de los espacios de la RAMPE integrará los nuevos escenarios derivados del cambio climático, considerando en el diseño de actuaciones criterios de adaptación a sus efectos.

Tanto la elaboración del Plan Director como la definición de los Criterios mínimos comunes de gestión se ha diseñado en el marco del proyecto LIFE IP INTEMARES ("Gestión integrada, innovadora y participativa de la Red Natura 2000 en el medio marino español") y de manera participada con las comunidades autónomas y los agentes económicos y sociales. Los Criterios mínimos comunes han sido aprobados, asimismo, por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.

Compromisos internacionales de España

La protección del mar ha adquirido en los últimos años una relevancia creciente en todo el mundo asociada a la mayor sensibilidad de gobiernos y ciudadanos ante el progresivo deterioro del medio marino, que se ha plasmado en la adopción de acuerdos, convenios y normas tanto a escala internacional como regional y estatal.

Entre los compromisos internacionales adquiridos por España destacan los derivados del Convenio sobre la Diversidad Biológica (Río de Janeiro, 1992), en especial el Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020, que incluye las conocidas "metas de Aichi". Concretamente, la meta 11 establece que para 2020 al menos el 10% de las zonas marinas y costeras de mayor valor ecológico deberían estar protegidas, un objetivo que puede considerarse superado en el conjunto del mar territorial español.

Asimismo, destaca el compromiso adquirido para el cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que la integran, con especial referencia al ODS 14 "Vida Submarina".

Además, entre los objetivos de la Estrategia de biodiversidad de la Unión Europea de aquí a 2030 que nuestro país ha respaldado figura la protección del 30% de la superficie marina de la Unión para 2030, en línea con el objetivo del nuevo marco global para la Biodiversidad aprobado el pasado 19 de diciembre en la COP15 de Biodiversidad, en Montreal.