da

La Presidenta de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, ejerciendo las competencias delegadas mediante Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, reunido en sesión de fecha 21 de diciembre de 2023, para la actualización de las tarifas máximas de los servicios portuarios prestados en los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas, de conformidad con el contenido del art. 113.4.h) TRLPEMM y los Pliegos de Prescripciones Particulares de los respectivos servicios portuarios, con fecha 14 de enero de 2025 aprueba la actualización de las tarifas máximas del servicio portuario de amarre y desamarre de buques en el puerto de Puerto del Rosario conforme al contenido de la prescripción 23ª Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio portuario de amarre y desamarre en el puerto de Puerto del Rosario en vigor, resultando las tarifas máximas a aplicar en el período comprendido entre el 16 de enero del año 2025 y el 15 de enero de 2026, las establecidas en el RANGO del CUADRO T+2, debidamente actualizado conforme a la variación de costes, y que se reproduce a continuación:

TARIFAS A APLICAR EN EL AÑO 2025

TARIFA PLANA

T+2 (36.289.383 GT's - 38.103.851 GT's)

DESDE GT

HASTA GT

TRÁFICO GENERAL

 

TMR INTERINSULAR DE

PASAJEROS Y VEHÍCULOS

   

FIJO

VARIABLE

 

FIJO

VARIABLE

0

1.000

40,36

0,00760825

 

27,41

0,00437590

1.001

2.000

49,98

0,00825193

 

35,33

0,00459896

2.001

3.000

53,11

0,00769850

 

35,97

0,00486122

3.001

5.000

65,20

0,00700515

 

38,39

0,00412287

5.001

8.000

73,69

0,00879767

 

51,07

0,00436044

8.001

10.000

98,72

0,00807558

 

59,97

0,00393821

10.001

15.000

159,99

0,00895136

 

61,39

0,00380181

15.001

20.000

179,89

0,00935680

 

65,91

0,00408889

20.001

25.000

233,75

0,00666711

 

73,24

0,00460027

25.001

50.000

292,41

0,00409450

 

96,49

0,00384454

50.001

75.000

482,68

0,00249331

 

151,29

0,00349761

75.001

100.000

655,69

0,00201129

 

200,39

0,00324074

100.001

999.999

718,88

0,00309961

 

246,10

0,00326542

La aplicación de esta actualización tendrá carácter retroactivo por imperativo legal, retrotrayéndose su aplicación al 16 de enero de 2025 y en adelante hasta la siguiente actualización en 2026.