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El Comité de Facilitación (FAL) de la Organización Marítima Internacional (OMI) ha aprobado una estrategia global para la digitalización marítima, así como medidas de ciberseguridad para las ventanillas únicas marítimas.

Estrategia de la OMI sobre digitalización marítima

Reunido en Londres con motivo de su 50º período de sesiones (23-27 de marzo), el Comité aprobó la Estrategia de la OMI sobre digitalización marítima, destinada a transformar las operaciones marítimas mundiales. Hace hincapié en la interoperabilidad, la normalización de los sistemas, el intercambio de datos y la gobernanza eficaz de los datos entre organizaciones y jurisdicciones.

La Estrategia establece la digitalización marítima como una política global de la OMI, que se integrará en el Plan Estratégico de la Organización y se aplicará en todos los órganos y procesos de la OMI. Esto incluye el compromiso con las administraciones marítimas, el sector naviero y la gente de mar.

El objetivo es mejorar la eficiencia y reducir las cargas administrativas facilitando el intercambio, la verificación y la renovación de las credenciales de la gente de mar, la identificación de los pasajeros y los certificados de los buques. La Estrategia también utiliza los datos para mejorar la seguridad de la navegación y reforzar el rendimiento medioambiental de los buques, promoviendo sistemas centrados en el ser humano que sean resistentes a las perturbaciones, las ciberamenazas y los retos medioambientales.

Tras la aprobación del Comité FAL, la Estrategia se compartirá con los Comités Jurídico, de Medio Ambiente Marino y de Seguridad Marítima de la OMI para su revisión antes de ser presentada para su adopción en el 35º período de sesiones de la Asamblea de la OMI en 2027.

Ciberseguridad para las ventanillas únicas marítimas

A medida que aumenta la digitalización, también lo hacen las ciberamenazas que podrían causar fallos operativos, de seguridad o de protección. Para hacer frente a ello, el Comité FAL aprobó enmiendas al Anexo del Convenio para facilitar el tráfico marítimo internacional, 1965(Convenio FAL). Estas enmiendas exigen que los Gobiernos Contratantes apliquen medidas obligatorias de ciberseguridad para proteger las ventanillas únicas marítimas, en consonancia con la legislación nacional.

LasVentanillas Únicas Marítimas (VSM) son plataformas digitales de ventanilla única establecidas por las autoridades marítimas para facilitar el intercambio de información entre los buques y los organismos gubernamentales. Las modificaciones pretenden proteger de los riesgos cibernéticos estos sistemas, clave para agilizar los procedimientos de llegada, estancia y salida en los puertos.

Las enmiendas se presentarán para su adopción en la próxima sesión del Comité (FAL 51) en 2027, con entrada en vigor prevista el 1 de enero de 2029.

Introducción de API y BRI en el transporte marítimo

El Comité FAL aprobó las enmiendas al Anexo del Convenio FAL que permitirán a los Gobiernos Contratantes implantar la Información Anticipada sobre Pasajeros y Tripulación (API) y la Información sobre Reservas (BRI) en el sector marítimo. Estas medidas suponen un notable avance en el refuerzo de la gestión de la información sobre tripulación y pasajeros, mejorando tanto los procesos de control fronterizo como la eficacia operativa.

Las enmiendas se presentarán para su adopción en el FAL 51 de 2027, con entrada en vigor prevista el 1 de enero de 2029.

Otras decisiones clave

El Comité también:

  • Aprobó una nueva versión del Compendio de la OMI sobre facilitación y comercio electrónico, que incluye nuevos conjuntos de datos, para su adopción en el FAL 51;
  • Adoptó enmiendas al Anexo del Convenio FAL relativas a la vacunación y atención médica de las tripulaciones durante emergencias internacionales de salud pública. Estas enmiendas recomiendan que los gobiernos tengan en cuenta las orientaciones de la OMI sobre la vacunación de las tripulaciones en el marco de los programas nacionales y garanticen el acceso a la atención médica durante las emergencias de salud pública de importancia internacional, y entrarán en vigor el 1 de enero de 2028;
  • Adoptó nuevas directrices sobre la prevención del acceso de polizones y la asignación de responsabilidades para tratar de resolver con éxito los casos de polizones.