El Ministerio de Transportes ha dado su visto bueno a la resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, en la sesión celebrada el 8 de octubre de 2026, que decidió aprobar el otorgamiento de la Licencia para la prestación del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga, de los contenidos en el Anexo V del convenio Marpol 73/78 para el puerto de Las Palmas, que incluye Salinetas y Arinaga, a favor de la entidad mercantil "DRESIDUOS ECOVER S.L." por un plazo máximo de seis años, en los términos que constan en la Resolución.
Dresiduos Ecover es una sociedad creada por un grupo de profesionales con amplia experiencia en el sector de la gestión de residuos, cuya finalidad es dar solución a un grave problema ambiental: la correcta gestión de los residuos. Siguiendo las directrices establecidas por la Unión Europea en materia ambiental, tiene por objeto las actividades de recogida, transporte y tratamiento de residuos, y centra su estrategia y filosofía empresarial dentro de un marco claramente orientado hacia las tres dimensiones del concepto de desarrollo sostenible: la social, la económica y la ambiental.
El Anexo V del Convenio MARPOL regula la prevención de la contaminación por las basuras procedentes de los buques, con entrada en vigor el 31 de diciembre de 1988.
Principales aspectos del Anexo V
- Prohibición total de plásticos: Queda totalmente prohibido arrojar al mar cualquier tipo de plástico, incluidos cabos, redes de pesca, bolsas y envases sintéticos, por ser el material más dañino para la fauna marina.
- Ámbito de aplicación: Se aplica a todos los buques de cualquier tipo que operen en el medio marino (buques mercantes, yates, embarcaciones de recreo y plataformas fijas o flotantes).
- Definición de basura: Incluye restos de comida, papeles, cartón, trapos, vidrio, metal, cenizas de incinerador, aceite de cocina, aparejos de pesca y residuos de carga.

