Luis Ibarra, presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, podrá autorizar a los prestadores de servicios portuarios la suspensión temporal de su actividad en caso de impagos. Así lo hace oficial hoy el Boletín Oficial de la Provincia, que publica la resolución del Consejo de Administración de Puertos de Las Palmas por la que se delega en el presidente esta competencia.
Según la resolución, la Autoridad Portuaria, en caso de impago del servicio, podrá autorizar a los prestadores la suspensión temporal del servicio hasta que se efectúe el pago o se garantice suficientemente la deuda que generó la suspensión.
Dado el proceso en el que está incurso este Organismo, continúa la resolución, de aprobación de los nuevos Pliegos de Prescripciones Particulares de los servicios portuarios que se prestan en los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas, y ante la brevedad de los plazos que se establecen en los mismos para resolver este tipo de solicitudes de suspensión temporal del servicio portuario por impago, que oscilan entre los 15 y los 30 días siguiendo las recomendaciones de Puertos del Estado, se hace necesario articular este mecanismo legal para poder cumplir con lo establecido en los mismos con las debidas garantías procedimentales.
Son estas razones de necesidad de celeridad y eficacia las que aconsejan delegar en el presidente dicha competencia.

