LA NAVIDAD SABE A GRAN CANARIA

 

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El director de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, Francisco Trujillo, ha remitido un escrito a la comunidad portuaria para informar de que se abre el periodo de trámite de audiencia en el procedimiento de aprobación de la ordenanza para la regulación de los trabajos de reparación naval a bordo de buques y/o artefactos flotantes atracados en los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de las Palmas.

En el escrito se concreta que "de conformidad con lo establecido en el artículo 82 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se abre el trámite de audiencia, poniéndole de manifiesto el expediente y concediéndole un plazo de DIEZ (10) DÍAS para formular alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes".

Trujillo explica que se hace necesario establecer una norma general de obligado cumplimiento dirigida a todos los agentes que intervienen en el proceso, desde la notificación de los servicios hasta la ejecución de los trabajos (consignatario, tripulación, director de obra, taller, etc.) siendo necesario profundizar en determinadas cuestiones, estableciendo una clasificación de las diferentes reparaciones navales y, a su vez, delimitar si las mismas podrán o no ser realizadas por la propia tripulación del buque, todo ello, con el fin de asegurar que las reparaciones navales se ejecuten de modo seguro, de tal forma que las mismas no puedan suponer en ningún caso un riesgo inaceptable para la seguridad de los trabajadores y personas a bordo, para la seguridad de los habitantes de la ciudad, para la seguridad del propio buque que se repara o para otros bienes, buques e instalaciones colindantes, ni, por último, para el medio ambiente, en general.

Esta Ordenanza incluye las observaciones recogidas en el informe de la Capitanía Marítima de Las Palmas en materia de seguridad marítima y prevención de la contaminación del medio marino, solicitado por la Autoridad Portuaria.

Contiene cinco Anexos:

Anexo I: Trabajos de mantenimiento a bordo;

Anexo II: Formación mínima de la “Persona Responsable o Director de Obra”;

Anexo III: Contenido mínimo de las notificaciones de reparación naval y solicitudes de autorización;

Anexo IV: Resumen. Diagrama de Flujo;

Anexo V: Manual de Buenas Prácticas. Reparaciones Navales.

La aprobación de esta Ordenanza corresponde al Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas.