NAVIERA ARMAS

 

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Nueva regulación para las grúas pórtico que se utilicen en las terminales de los puertos dependientes de la Autoridad Portuaria de Las Palmas. A partir de mañana deberán cumplir nuevas normas de funcionamiento para garantizar la seguridad en las maniobras de atraque y desatraque de buques con contenedores.

Según Puertos de Las Palmas, desde las últimas décadas del pasado siglo XX el Puerto de Las Palmas ha jugado un papel de especial relevancia como “hub” internacional especializado entre otros en el tráfico y trasbordo de mercancías containerizadas. Este hecho ha posibilitado que los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas cuenten con diferentes terminales especializadas en la manipulación de este tipo de mercancías contribuyendo de esta forma a la diversificación de tráficos y posibilitando la incorporación progresiva de nuevos operadores y líneas de negocio. A su vez, según la Autoridad Portuaria, el aumento progresivo del número de escalas de este tipo de buques y  el crecimiento generalizado de las esloras de los buques portacontenedores hacen necesario, por razones de seguridad, eficiencia y calidad, protocolizar el posicionamiento de las grúas pórtico ubicadas en las diferentes terminales de mercancías.

A partir de mañana viernes, 15 de enero, se establecen unas directrices de actuación a las diferentes terminales de mercancías en cuanto al posicionamiento de sus grúas pórtico, así como de los brazos de las mismas, de tal forma que se garantice tanto la seguridad de los buques durante sus maniobras de atraque y desatraque, como la del personal adscrito al servicio portuario de manipulación mercancías interviniente en las operativas.

La nueva regulación impone tres condiciones:

- Durante las maniobras de aproximación, atraque/desatraque de los buques a las terminales de mercancías incluidas dentro del ámbito de aplicación de la presente instrucción, las grúas pórtico u análogas adscritas a las mismas, que se encuentren en el espacio de muelle/zona de maniobra en la que se va a realizar la maniobra de atraque/desatraque o, inmediatamente próximas, se mantendrán estáticas, con los brazos levantados en posición vertical y trincados.

- Las averías y labores de mantenimiento/reparación acaecidas en las grúas pórtico u análogas serán comunicadas a la Autoridad Portuaria y al Servicio de Ordenación, Coordinación y Control del Tráfico Marítimo Portuario y de Coordinación de las Operaciones asociadas a los Servicios Portuarios Técnico Náuticos. La ubicación y posición de los brazos de las grúas pórtico u análogas en esta situación será tal que no interfiera en la normal operativa portuaria conforme a lo establecido en los puntos anterior y siguiente del presente artículo y en todo caso, atendiendo a criterios de seguridad y prevención de riesgos.

- En el supuesto de terminales de mercancías adyacentes e incluidas ambas dentro del ámbito de aplicación de la presente instrucción, con carácter general e incluso durante sus periodos de mantenimiento y reparación y a excepción de las operativas de carga y descarga realizadas por cada una de las grúas pórtico u análogas o desde los respectivos buques en operación, las mismas quedarán ubicadas en el extremo opuesto al límite concesional colindante entre ambas terminales.