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El Ministerio de Fomento hace oficial a partir de hoy la resolución aprobada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, del pasado 11 de octubre, por la que se aprobó revocar la delegación de competencia acordada, a favor del presidente, por Resolución del Consejo de Administración de 26 de enero de 2011, para el otorgamiento de licencias para la prestación de servicios portuarios con arreglo a las condiciones establecidas en los correspondientes pliegos de prescripciones particulares. Esta resolución producirá efectos a partir de hoy, martes, 5 de noviembre de 2019.

Según publica hoy el Ministerio de Fomento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 30.5.s) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre), corresponde al Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria la competencia para otorgar licencias para la prestación de los servicios portuarios.

De conformidad con los establecido en el artículo 13 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, adoptada en sesión celebrada el 26 de enero de 2011, se delegó en el Presidente la competencia para otorgar licencias para la prestación de servicios portuarios, con arreglo a las condiciones establecidas en los correspondientes pliegos de prescripciones particulares (acuerdo publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia n.o 16, de 4 de febrero).

El artículo 8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en ésta u otras leyes.

El artículo 9.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, establece que la delegación será revocable en cualquier momento por el órgano que la haya conferido.

Por Acuerdo del Gobierno de Canarias, en sesión celebrada el pasado día 12 de septiembre de 2019, se dispuso la separación de un importante número de vocales del Consejo de Administración –en representación de la Comunidad Autónoma de Canarias,Cabildos Insulares y Municipios– y la designación de nuevos vocales. Así mismo, mediante Decreto 314/2019, de 30 de agosto, se designó un nuevo presidente (BOC 174, de 10 de septiembre). Estos cambios en la composición del consejo aconsejan revocar la mencionada delegación.