NAVIERA ARMAS

 

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En sesión celebrada el 19 de abril de 2017, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, dictó unas normas que contenían instrucciones relativas a la Ordenación y Control del Tráfico Marítimo que habrían de seguir todos los buques con origen o destino al Puerto de Arinaga, para su recalada, entrada, salida, así como para los movimientos interiores que en él se efectuaran.

Desde la fecha señalada, el Puerto de Arinaga ha consolidado su posición como enclave especializado en el tráfico de graneles no alimentarios y offshore eólico, hasta duplicar en el último año su número de escalas. Este incremento extraordinario exige revisar y actualizar el contenido de dichas instrucciones, al objeto de mejorar la eficiencia de los servicios portuarios técnico-náuticos y de conformidad con sus pliegos de servicio recientemente aprobados. Por ello, la Autoridad Portuaria dicta una nueva instrucción para la regulación del tráfico en Arinaga.

Esta nueva Instrucción tiene por objeto regular la recalada, entrada, salida y movimientos interiores de todos los buques en la zona de servicio del Puerto de Arinaga, estén o no excluidos de la utilización del servicio técnico-náutico de practicaje.

Obligaciones

- Todo buque que se dirija al Puerto de Arinaga, deberá realizar una actualización de su hora estimada de llegada (ETA) al Puerto de Las Palmas con 24 y 12 horas de antelación. Esta información se realizará a través de correo electrónico a las direcciones siguientes:

• Autoridad Portuaria: operacioneslpa@palmasport.es, ccontrol@palmasport.es

• Servicios Técnico Náuticos:

Practicaje: servinautic@practicoslaspalmas.com, practicos@practicoslaspalmas.com

Remolque: manuel.samper@boluda.com.es, towage.laspalmas@boluda.com.es

Amarre: servicios@sepcan.com

- Para los buques con destino u origen en el Puerto de Arinaga que requieran del servicio de practicaje o voluntariamente lo soliciten, como norma general, el punto de embarque/desembarque se llevará a cabo, mientras no exista Pliego de Servicio en contrario, en las aguas del Puerto de Las Palmas, a excepción de los movimientos interiores, en los que el embarque y desembarque se realizará por tierra. No obstante, si concurrieran circunstancias especiales, la Autoridad Portuaria analizaría la posibilidad de que pudiera realizarse el embarque/desembarque del práctico dentro de los límites correspondientes a las aguas del Puerto de Arinaga.

- Todo buque con destino al Puerto de Arinaga deberá llamar, como mínimo una (1) hora antes de su llegada al Puerto de Las Palmas (Arinaga en el caso estar excluido de la utilización de la utilización del servicio técnico-náutico de practicaje), por el canal 10 de VHF a “Las Palmas Tráfico” y a “Centro de Control de Las Palmas” canal 12 VHF y contestar a la información que se le solicite:

a) Datos del buque

b) Datos de la Carga

c) ETA aproximada a la luz verde del Dique Reina Sofía.

d) Si transporta o no mercancías peligrosas.

e) Toda aquella información que pueda establecer en un futuro, tanto la Autoridad Portuaria como la Capitanía Marítima de Las Palmas.

- Cuando el buque, en su caso, se encuentre a una distancia de tres (3) millas de la luz verde del dique Reina Sofía, deberá volver a llamar a “Las Palmas Port Control” o “Centro de Control de Las Palmas” por el canal 12 de VHF, para recibir instrucciones. En ese momento, la Unidad Marítima Interior (UMI) recabará información de Prácticos acerca de su previsión de embarque en el mismo para dirigirse al puerto de Arinaga y dará instrucciones al buque. Una vez confirmada la disposición para atender al buque, la Unidad Marítima Interior (UMI) pondrá esta circunstancia en conocimiento de los diferentes servicios portuarios técnico náuticos al objeto de que, a la vista de la información proporcionada, éstos planifiquen la movilización de los recursos necesarios para estar en disposición de prestación del servicio junto con la llegada del buque al Puerto de Arinaga, conforme a las condiciones establecidas en el pliego de prescripciones particulares del servicio portuario en vigor, manteniendo las buenas prácticas del oficio y evitando retrasos.

- El capitán o patrón de cualquier buque que pretenda moverse del atraque autorizado, bien a otro puesto de atraque o bien salir a la mar, deberá solicitar autorización previa por el canal 12 de VHF a “Las Palmas Port Control” o “Centro de Control de Las Palmas” con al menos 12 horas de antelación y de no ser posible, con la máxima antelación. Asimismo, deberá confirmarse el movimiento con 3 horas de antelación, en cuyo momento la Unidad Marítima Interior (UMI) dará aviso a los diferentes servicios portuarios técnico náuticos para su coordinación y movilización de recursos al objeto de que se preste el servicio a la hora acordada, conforme a las condiciones establecidas en el pliego de prescripciones particulares del servicio portuario en vigor, manteniendo las buenas prácticas del oficio y evitando retrasos.

- El Servicio de ordenación, coordinación y control del tráfico marítimo portuario y de coordinación de las operaciones asociadas a los servicios portuarios técnico náuticos, podrá fijar, siguiendo instrucciones de la Autoridad Portuaria, una hora límite nocturna para atender maniobras en el Puerto de Arinaga en base a las previsiones de tráfico existentes.