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La Autoridad Portuaria de Las Palmas comenzará a aplicar a partir de mañana la nueva regulación del tráfico marítimo en el Puerto de Arinaga. Se ha decidido modificar la anterior instrucción sobre oredenación y control del tráfico en dicho puerto al entender que actualmente ya dispone de los servicios portuarios necesarios como para que puedan ser prestado directamente desde su zona de servicios y toda vez que ya ha sido aprobado el pliego de servicio de practicaje.

La actual Instrucción, publicada ya en el BOP y en la web de Puertos de Las Palmas, tiene por objeto regular la recalada, entrada, salida y movimientos interiores de todos los buques en la zona de servicio del Puerto de Arinaga, estén o no excluidos de la utilización del servicio técnico-náutico de practicaje.

Entre otras obligaciones, la nueva regulación prevé que todo buque que se dirija al Puerto de Arinaga, deberá realizar una actualización de su hora estimada de llegada (ETA) al Puerto de Arinaga con 24 y 12 horas de antelación. Por otra parte, para los buques con destino u origen en el Puerto de Arinaga que requieran del servicio de practicaje o voluntariamente lo soliciten, como norma general, el punto de embarque/desembarque se llevará a cabo, mientras no existan malas condiciones meteorológicas, en las aguas del Puerto de Arinaga. De existir malas condiciones meteorológicas que imposibilitaran realizar el embarque y/o desembarque del servicio de practicaje de forma segura en aguas de dominio público portuario correspondiente al puerto de Arinaga, éste se efectuaría en las aguas de servicio del Puerto de Las Palmas.

Centro de control

Todo buque con destino al Puerto de Arinaga deberá llamar, como mínimo dos horas antes de su llegada al Puerto de Arinaga por el canal 12 de VHF a “Las Palmas Port Control” o “Centro de Control de Las Palmas”. En ese momento, el servicio de ordenación coordinación y control del tráfico marítimo portuario y de operaciones asociadas recabará información del servicio de practicaje acerca de su previsión de embarque en el mismo y dará instrucciones al buque. Una vez confirmada la disposición para atender al buque, el servicio de ordenación coordinación y control del tráfico marítimo portuario y de operaciones asociadas pondrá esta circunstancia en conocimiento de los diferentes servicios portuarios técnico náuticos al objeto de que, a la vista de la información proporcionada, éstos planifiquen la movilización de los recursos necesarios para estar en disposición de prestación del servicio al tiempo de la llegada del buque al Puerto de Arinaga, conforme a las condiciones establecidas en los correspondientes pliegos de prescripciones particulares de los servicios portuarios técnico náuticos en vigor, manteniendo las buenas prácticas del oficio y evitando retrasos.

Posteriormente, cuando el buque se encuentre como mínimo a una hora de su llegada al Puerto de Arinaga, volverá a llamar por el canal 10 de VHF a “Las Palmas Tráfico” y a “Las Palmas Port Control” o “Centro de Control de Las Palmas” por el canal 12 VHF y contestar a la información que se le solicite:

a) Datos del buque

b) Datos de la Carga

c) ETA aproximada a la luz verde exterior del Puerto de Arinaga.

d) Si transporta o no mercancías peligrosas.

e) Toda aquella información que pueda establecer en un futuro, tanto la Autoridad Portuaria como la Capitanía Marítima de Las Palmas.

Por último, cuando el buque se encuentre a una distancia de tres millas de la luz verde exterior del puerto de Arinaga, deberá volver a llamar a “Las Palmas Port Control” o “Centro de Control de Las Palmas” por el canal 12 de VHF, para recibir instrucciones.

Además, el capitán o patrón de cualquier buque que pretenda moverse del atraque autorizado, bien a otro puesto de atraque o bien salir a la mar, deberá solicitar autorización previa por el canal 12 de VHF a “Las Palmas Port Control” o “Centro de Control de Las Palmas” con al menos 12 horas de antelación y de no ser posible, con la máxima antelación. Asimismo, deberá confirmarse el movimiento con 3 horas de antelación, en cuyo momento, el servicio de ordenación coordinación y control del tráfico marítimo portuario y de operaciones asociadas dará aviso a los diferentes servicios portuarios técnicos náuticos para su coordinación y movilización de recursos al objeto de que se preste el servicio a la hora acordada, conforme a las condiciones establecidas en los correspondientes pliegos de prescripciones particulares de los servicios portuarios técnico náuticos en vigor, manteniendo las buenas prácticas del oficio y evitando retrasos.